Empleados Gobierno
Por más de 49 años First Medical ha revalidado como la mejor alternativa de Planes de Salud para los Empleados Públicos de Puerto Rico. En la actualidad, cerca de 200 mil Empleados Públicos cuidan de su salud con First Medical.
Dentro de los segmentos de Empleados Públicos que han confiado su salud y las de sus dependientes, se encuentran:
Empleados Públicos bajo las disposiciones de la Ley 95 del 29 de junio de 1963, la cual le otorga amplios poderes a ASES para contratar aseguradoras y organizaciones de servicios de salud para proveer las cubiertas y servicios a los miles de empleados públicos que comprenden este importante sector.
Empleados Públicos Unionados dentro del gobierno central, organizados bajo las disposiciones de la Ley 158 del 10 de agosto de 2006, la cual le permite seleccionar su plan médico dentro de una propuesta grupal.
Empleados Municipales bajo las disposiciones de la Ley 63 del 21 de junio de 2012, la cual permite la selección del Plan de Salud de su preferencia a los empleados municipales y sus dependientes, garantizándole las mejores tarifas y beneficios médicos del mercado.
Empleados Públicos (Policía de Puerto Rico) bajo las disposiciones de la Ley 16 del año 2015, la cual enmienda el inciso (b) de la Sección 3, y el inciso (a) de la Sección 4 de la Ley Núm. 95 1963, Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos; y que autoriza al Superintendente de la Policía de Puerto Rico en conjunto con las organizaciones de trabajadores bona fides adscritas a la Policía de Puerto Rico, a gestionar la negociación y contratación de planes de seguros de servicios de salud para los empleados y funcionarios de la uniformada, que voluntariamente decidan acogerse a un seguro médico de salud provisto por una aseguradora privada.
Pensionados bajo las disposiciones de la Ley 117, aprobada el 4 de agosto de 2016, “para autorizar a las organizaciones bona fide que representan pensionados del Gobierno puedan negociar y contratar directamente todo lo concerniente a los beneficios relacionados a los planes de seguros de servicios de salud”.
Empleados Públicos (Departamento de Educación) bajo las disposiciones de la Ley 171 del 8 de octubre de 2015, la cual enmienda el inciso (a) de la Sección 4 de la Ley Núm. 95 de 29 de junio de 1963, según enmendada, mejor conocida como la “Ley de Beneficios de Salud para el Empleado Público”, a los fines de permitir que el Departamento de Educación del Gobierno de Puerto Rico pueda negociar directamente todo lo concerniente a los beneficios relacionados con el seguro de salud de sus respectivos empleados; y para otros fines.
